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Nuevas reglas para tasar propiedades abandonadas y en uso en los municipios

El 27 de marzo de 2025, el senador Thomas Rivera Schatz radicó el Proyecto del Senado 456, a solicitud del representante Juan Carlos García Padilla. La medida, aprobada por el Senado el 31 de marzo, modifica el Código Municipal de Puerto Rico para ajustar cómo el CRIM calcula las contribuciones sobre propiedades abandonadas y en uso.


Con esta ley, el cobro de las propiedades abandonadas ser retroactivo a todos los años de abandono, determinados por la última factura de luz o agua. Actualmente, solo se aplicaba a 5 años retroactivos. Mientras tanto, las propiedades en uso mantendría el cobro retroactivo de 2 años.


Por otro lado, el CRIM deberá implementar un plan de revisión constante de propiedades, asegurando que su clasificación y tasación reflejen su estado real según las normas vigentes. La ley le exige al CRIM mantener actualizado su castrato, la clasificación y tasación de la propiedad.


A estos fines deberá tasar:


  1. Propiedades no tasadas previamente

  2. Construcciones nuevas y mejoras

  3. Ampliaciones o reconstrucciones significativas

  4. Segregaciones y lotificaciones



Además, para propiedades bajo la Ley de Propiedad Vacacional (Ley 204-2016), la tasación no considerará los derechos de multipropiedad o clubes vacacionales.


Este proyecto fue aprobado por el Senado de Puerto Rico en votación final el 31 de

marzo de 2025.

 
 
 

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